#OPINIÓN – Juan Calles.
En un pequeño y caluroso salón del juzgado de Primera Instancia Penal de Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente, se apretujan los acusados y quienes acusan, el calor es sofocante, un bebé llora, y un viejo ventilador zumba, puja, llora de inutilidad. La parte pidiente muestra heridas de bala, en sus cuerpos cicatrizados se nota la decadencia y los residuos de plomo que guardarán en su cuerpo por el resto de sus vidas.
Los acusados, acompañados de sus abogados sudorosos y prepotentes miran por sobre el hombro y susurran a las orejas de unos y otros, se ríen, se regodean, autosuficientes, vestidos para la ocasión lucen ropa limpia y nueva. Se limpian el sudor con pañuelos blancos. Todos y todas esperan la llegada del juez, corre el año 2014.
Después de largos minutos de espera, por fin se anuncia la entrada del juez Edgar Aníbal Arteaga López, quien se presenta silencioso, ostentoso. Todos de pie, la gente parece no querer respirar, todos los ojos lo miran, el señor juez capta toda la atención. Con gesto malhumorado y ceño fruncido el juez con un leve movimiento ordena sentarse a todos los presentes, la audiencia ha iniciado.
En esta audiencia de debía resolver la petición del Ministerio Público –MP- al juez contralor, de sobreseimiento de la investigación por del delito de lesiones leves en contra de cinco campesinos q’eqchies provocadas por Mynor Ronaldo Padilla González, coronel del ejército y jefe de Seguridad de la minera –Compañía Guatemalteca de Níquel CGN- Hudbay Minerals (canadiense) por los delitos cometidos el 27 de septiembre del año 2009 en contra de los comunitarios.
A pesar que el artículo 12 del Convenio 169 de OIT, al artículo 16 y 142 del Código Procesal Penal, y a la Constitución de la República, así como a los convenios y tratados internacionales que garantizan el derecho de las personas que no hablan español a tener un traductor no se contó con traductores q´eqchies, iniciando así, una larga lista de conductas racistas y excluyentes.
Al inicio de la audiencia, el Juez Arteaga López, identifica a las personas presentes, acepta la presencia del imputado y sus abogados; de Haroldo Cucul Cucul y su abogado. (En esa audiencia, el señor Cucul desistió de la acusación) Pero a Angélica Choc y las 5 víctimas de lesiones leves, así como a las abogadas que les acompañan, el juez les pidió salir de la sala de audiencias, dijo que no tenían nada que hacer allí. No hizo constar que estaban presentes. El juez tampoco les dio la palabra cuando se le pidió y advirtió que no lo haría hasta que él lo considerara conveniente, lo cual no ocurrió durante toda la audiencia. Las víctimas de lesiones leves permanecieron fuera de la sala de la audiencia, y posteriormente fueron expulsados del tribunal, violando así el Artículo 117 del Código Procesal Penal que establece:
“Agraviado, es la victima afectada por la comisión del delito. Y aunque no se haya constituido como querellante adhesivo tiene derecho a ser informado sobre los derechos que le asisten dentro del proceso penal. Que el Ministerio Público escuche su opinión en el proceso, fundamentalmente antes de las decisiones definitivas o de las provisionales que implican clausura o extinción de la persecución penal, …A ser invitado a las audiencias en las que su opinión puede ser expresada. A que existan mecanismos que disminuyan los riesgos de victimización secundaria durante el proceso penal. El MP está obligado a garantizar estos derechos”.
Ese día la audiencia se suspendió y se convocó para el siguiente día, cuando en ausencia del imputado y sus abogados el juez resolvió con lugar la renuncia y desistimiento de Haroldo Cucul Cucul por lesiones graves y el sobreseimiento por lesiones “leves” de 5 campesinos en favor de Mynor Ronaldo Padilla González. Los campesinos regresaron a su casa con balazos en sus cuerpos, sin poder trabajar, sin obtener justicia por sus heridas, por su dolor, por sus días sin poder trabajar, sin poder comer.
Este es solo uno de los múltiples casos que el juez Arteaga López ha conocido y que se relacionan con la CGN, en todas, la empresa de níquel ha salido favorecida y los campesinos, periodistas, estudiantes, padres, madres, no han logrado el beneficio de continuar con los procesos legales que se plantean una y otra vez.
Los casos se suman y la justica resta
Otro caso paradigmático en el que el juez Arteaga López jugó un papel protagónico fue el de la ex tesorera de la alcaldía del municipio de El Estor, Nidia Lizet Milla Orellana de Paredes, ligada a proceso por los delitos de peculado y uso de documentos falsificados, presuntamente por un desfalco por la cantidad de Q.4 millones 211 mil 170 a la comuna en mención, durante los años 2011 y 2012.
El Ministerio Público por medio de la Fiscalía de Sección contra la Corrupción, apeló la resolución dictada por el Juez Arteaga López, quien reemplazó una medida sustitutiva de Q290 mil por Q45 mil a la ex tesorera de la alcaldía.
En esa ocasión el ex alcalde José Joel Lorenzo Flores, fue llamado a declarar a solicitud del Ministerio Público, sin embargo, se le otorgo la falta de mérito.
Un juzgado en el banquillo de los acusados
A las actuaciones del juez Arteaga se suma el caso de la secretaria de este mismo juzgado, Claudia Rebeca Madrid Cerritos quien fue capturada sindicada de lavado de dinero, enriquecimiento ilícito y falsedad ideológica; Luego de una denuncia interpuesta por la Intendencia de Verificación Especial de la Superintendencia de Bancos, sobre irregularidades en la compra de un vehículo.
La secretaria Madrid Cerritos fue llevada a prisión, luego que sus bienes fueran puestos a disposición de las autoridades, dichos bienes sumaban más de Q2 millones.
La ex secretaria, se encuentra bajo libertad condicional luego que otro juez, José Reynaldo Galván Casasola, juez de primera instancia penal en Escuintla, se presentó en el debate para explicar que el origen de los bienes se debe a la relación extramarital que mantiene con Claudia Rebeca Madrid Cerritos.
En los archivos de este juzgado, en las manos de este juez y sus sub alternos se encuentra la justicia de cientos de campesinos q’eqchies, y pobladores del departamento de Izabal. Lamentablemente algunos de estos casos son cuestionables.