Linda Gare – Ceppas Gt.

Hoy por hoy, nadie inicia una creación de la nada: los instrumentos, medios, ideas que aplique tienen como antecedente la creación de otro ser humano. A grandes rasgos, quien creó el carro necesitó de la rueda; quien pinta un cuadro, de un pincel; los teóricos, poder refutar a otros teóricos; y así una larga lista de la acumulación de conocimiento.

De la misma forma que el conocimiento, “el aire que respiramos, el agua de los ríos y el mar, la biodiversidad, el genoma humano o las plazas y las calles son bienes comunes” (García, Radios Libres, 2014), es decir, estos y muchos otros bienes no tienen dueño, existen para el provecho de todos y todas.

A pesar de que lo anteriormente dicho parece explícito y sencillo de comprender, con el auge del capitalismo al conocimiento se le ha considerado una mercancía. García Gago, señala que

Hasta mediados del siglo XV el conocimiento fluía libre y sin demasiadas restricciones. Aunque es cierto que pocas personas podían acceder a él, ya que la mayoría de la población no sabía ni leer ni escribir. En aquellos tiempos el conocimiento se transmitía principalmente de forma oral a través de trovadores y juglares que se encargaban de llevar historias y noticias de un lugar a otro. (García, Radios Libres, 2014)

Todo cambió con el nacimiento de la imprenta y el conocimiento se empezó a transmitir por medios físicos. José Alcántara señala que el precio a pagar por tener acceso a la información es la suma del valor de la información en sí misma, más los costos de producción, reproducción y distribución que representa su materialización. (Alcántara, 2008)

Entonces, el ejemplo por excelencia es el del libro, además de su contenido, uno debe pagar por el papel, las máquinas reproductoras, el traslado y otros gastos que representa comprarlo en la librería. El ser propietarios de todo el proceso de producción, mas no de la idea, generó que editoriales e imprentas se apropiaran también de los derechos de autor para lucrar con las obras. Antes del surgimiento de la Internet, esto era un paso obligatorio para cualquier persona que deseara obtener conocimiento a través de la lectura. Esto representaba, y en cierta medida sigue representando, una dificultad para aquellos que no contaran con los recursos para pagar por libros.

La llegada de la Internet

En la actualidad, la Internet liberó al conocimiento del soporte físico y ha permitido su propagación. Sin embargo, la idea de que la cultura y el conocimiento es una mercancía persiste, es entonces cuando algunos autores, realizadores, creadores y pensadores empiezan a nombrar a la cultura libre, un movimiento que considera que la cultura es una construcción colectiva y que no debe estar limitada por derechos reservados. (Racioppe, 2017)

Lawrence Lessig publicó en el 2004 el libro Free Culture, poniendo en la palestra el debate, y antes Richard Stallman había promovido las ideas de software libre y de copyleft. (Rowan, 2016) Desde entonces, remarcado por la Internet, los movimientos que promulgan que la cultura es un derecho han ido configurando una serie de mecanismos y teorías.

Lea Shaver (2012) explicó en una conferencia, el 2011 en Argentina, cómo el derecho a la cultura, la ciencia y la tecnología debe ser entendida dentro de los derechos humanos, puesto que en la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 27, así como en el 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se expresa, a grandes rasgos, que todas las personas tienen derecho a participar en la vida cultural y a gozar de los beneficios que conlleve.

Una segunda parte de los artículos hace referencia a la propiedad intelectual, una serie de restricciones para el uso legal de las obras a las que Lessig denomina como leyes que limitan la creatividad. (Fossati, 2014)

Limitantes de la participación cultural

La misma autora señala algunas formas en que las leyes, instituciones y herramientas de propiedad intelectual limitan la participación cultural. La primera es la del monopolio exclusivo, individuos o instituciones con los derechos sobre una obra y que impiden que se haga uso de ellas, y que por lo tanto no pueden ser aprovechadas, parodiadas, criticadas o recicladas, hasta que no ingresen al dominio público. (Fossati, 2014)

La segunda forma la constituye el tiempo que tarda una obra hasta pasar a ser de dominio público (Fossati, 2014), que para Guatemala, según la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, es de 75 años después de la muerte del autor y de desconocerse este, 75 años después de su creación.

Una tercera forma en que se limita la participación cultural es por medio del abandono institucional del dominio público, es decir, las obras no son promovidas ni accesibles a las personas, tampoco son preservadas, y por lo tanto no pueden formar parte de la herencia cultural. Finalmente, la cuarta manera es limitando la Internet en beneficio de corporaciones de la industria del entretenimiento. (Fossati, 2014)

La crítica hacia la propiedad que plantea la cultura libre aviva el debate, existen personas y sobre todo grandes corporaciones que siguen motivando modelos privativos del conocimiento, no solo en formatos físicos sino en línea. Lessig señala que:

Una cultura libre apoya y protege a creadores e innovadores. Esto lo hace directamente concediendo derechos de propiedad intelectual. Pero lo hace también indirectamente limitando el alcance de estos derechos, para garantizar que los creadores e innovadores que vengan más tarde sean tan libres como sea posible del control del pasado. Una cultura libre no es una cultura sin propiedad, del mismo modo que el libre mercado no es un mercado en el que todo es libre y gratuito.(Lessig, 2004, pág. 9)

El mismo autor también indica que más allá de derechas o izquierdas, la cultura libre es de quien no tenga ningún interés personal en la cultura como una industria, que se hace preciso defenderla porque afecta a valores que los dos bandos consideran como fundamentales.

Mitos sobre la cultura libre

Dado que la promoción de la cultura libre también daña los intereses de quienes desean lucrar con el conocimiento, alrededor de ella se han creado algunos mitos. Radialistas, en el texto 10 mitos sobre la cultura libre y el acceso abierto al conocimiento, despeja las dudas que surgen alrededor de este tema. Entre las que destacan la creencia de que los derechos autorales se crearon para proteger a los artistas de quienes copian sus libros, cuando fueron creados principalmente para protegerlos de los editores.

Otro de estos mitos es que la cultura libre no puede proteger a quienes crean y por lo tanto sus obras pueden ser robadas, frente a lo cual existen licencias que permiten al autor decidir de qué forma pueden ser utilizadas sus creaciones. Asimismo hace falta hacer una diferencia entre los derechos morales y los patrimoniales, alguien que se apropia del contenido de una obra comete plagio, lo que afecta a los derechos morales; mientras que alguien que saca copias a un libro infringe los derechos patrimoniales, “cosa que no es del todo cierta, ya que no todo el que fotocopia un libro lo compraría en caso de no poderlo fotocopiar, sobre todo, por el elevado precio que tienen los libros originales”. (Radialistas,2014, pág.12)

Las falsas creencias versan alrededor de nombrar como piratería a la democratización del conocimiento o que los creadores no pueden tener ganancias porque todo es gratis, pues también se proponen modelos de recompensas equilibradas que permitan vivir a los artistas al mismo tiempo en que las personas pueden acceder a sus creaciones.

Academia

La cultura libre implica entonces otras corrientes de pensamiento como el copyleft, las licencias creative commons y el software libre. Lo que hay que tener en cuenta es que todas persiguen la propagación de los conocimientos y de la cultura entre los seres humanos. En esta labor de propagación del saber, la educación superior juega un papel fundamental.

Por una parte, para que los estudiantes puedan acceder a una variedad de recursos entre libros, audiovisuales o fotografías para conformar los saberes del área de sus estudios, sin que esto represente una tarea difícil o limitada a pocos autores. Por otra parte, para que luego de haber aprovechado de repositorios, puedan los mismos estudiantes entregarse a la labor creadora liberando sus obras para que otros puedan retomarlas.

Sin embargo, la cultura libre a través de sus diferentes corrientes todavía no está presente en el debate académico de la Universidad de San Carlos. De las no menos de 69 mil tesis que existen en la Biblioteca Central de esta universidad, solamente 15 abordan alguna de las formas de cultura libre, un 0.02%.

A nivel general se hace preciso iniciar a promulgar en el ámbito universitario este modelo de acceso abierto al conocimiento, para que las bibliotecas incluyan en sus existencias más documentación con licencias abiertas, para que los catedráticos dejen de lucrar con la venta de libros, y para que los estudiantes puedan defenderse de estos abusos, sin más palabras: para que el flujo de conocimientos permita la creación de más expresiones.

Aunque no esté dicha de manera explícita, la cultura libre no es ajena al mandato que la Constitución Política de la República de Guatemala, el artículo 82, exige a la única universidad estatal del país:

En su carácter de única universidad estatal le corresponde con exclusividad, dirigir, organizar y desarrollar la educación superior del Estado y la educación profesional universitaria estatal, así como la difusión de la cultura en todas sus manifestaciones. Promoverá por todos los medios a su alcance la investigación en todas las esferas del saber humano y cooperará al estudio y solución de los problemas nacionales.

Este tema, aunque poco explorado en la universidad pública de Guatemala, ya está siendo objeto de debate a nivel académico en otras partes del mundo. Por su parte, la Declaración de París definió que los recursos educativos abiertos son “materiales de enseñanza, aprendizaje e investigación en cualquier soporte digital o de otro tipo, que sean de dominio público o que hayan sido publicados con una licencia abierta”. Este acceso a recursos educativos abiertos ofrece a instituciones y comunidades que lo ponen en práctica una gama de “oportunidades en el incremento del acceso y la democratización de la educación, la calidad, la compartición de conocimiento e incluso la rentabilidad económica dentro de una economía social basada en el conocimiento común y abierto”.(Vila-Viñas, Araya, & Bouchard, 2014, pág. 94)

En otras palabras, se empieza a divisar que contar con acceso libre a recursos educativos permite la democratización y no la privatización, del conocimiento. Desde luego, también permite la investigación, como señala Xabier Barandiaran cuando propone modelos alternativos de publicación científica, de participación ciudadana y de infraestructura de colaboración y organización de la investigación que desafían a los modelos privativos por su sostenibilidad.

Abunda también la literatura sobre estudios de casos exitosos que han llevado a cabo investigaciones colaborativas aprovechando los recursos abiertos y abriéndolos luego para que otros investigadores puedan acceder a los resultados. Esto aplica no solo al área social humanista sino también al área científica, como la de farmacia, por ejemplo, en donde los resultados al alcance de todos permiten el avance de aportes en la medicina, por citar alguno.

Promoviendo la cultura libre, que en otrora fue simplemente cultura, pero que hoy se hace preciso recordar y defender su apertura, la academia puede recobrar la ética del trabajo colaborativo, del espíritu investigativo y de la estricta propuesta de soluciones para los problemas nacionales que está llamada a proponer desde sus distintas disciplinas.

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