#Opinión | Ramón Cadena.
“Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”. Es un buen día para insistir que el Estado debe poner fin a la violencia contra las mujeres. A todo tipo de violencia ya que ser mujer es un factor de riesgo en nuestras sociedades. Además, es una muy buena ocasión para felicitar al movimiento feminista de Guatemala y del mundo, por el esfuerzo gigantesco que han hecho para que el Derecho pueda leerse con ojos de mujer y que no predomine la norma jurídica escrita únicamente en clave masculina.
El aporte del movimiento feminista y de las mujeres a favor del respeto de los derechos humanos de la mujer ha sido grande y contundente. Si no, que lo digan las luchas para lograr el derecho al voto de la mujer; las luchas para tener iguales condiciones que los hombres en el trabajo; las luchas contra la discriminación en la educación y todas las batallas que ha librado el movimiento feminista para tratar de terminar con las desigualdades históricas.
Igual de importante y significativa fue la lucha para ampliar oficialmente la prohibición general de la discriminación e incluir la que sufre la mujer por violencia por motivos de género, que concluyó exitosamente con la aprobación de la Declaracion sobre la eliminación de la violencia contra la mujer en 1993 y con la aprobación de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará) en 1995. El esfuerzo del movimiento feminista, que exigió durante décadas una mayor atención para luchar contra la violencia dirigida específicamente contra la mujer, jugo un papel protagónico para la aprobación de dichos instrumentos jurídicos.
El Comité de la CEDAW ratificó esta preocupación al expresar en 1992 que la violencia contra la mujer constituye una violación a sus derechos humanos, tanto si el autor es el Estado, como si es un particular; finalmente, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en 1993 reconoció la necesidad de consignar las violaciones graves a los Derechos Humanos como parte de la agenda de la ONU. Para lograr estas importantes expresiones y que tuvieran una repercusión jurídica considerable, siempre estuvo presente el movimiento feminista con diferentes acciones de movilización y campañas públicas de incidencia.
El momento crucial para la lucha contra la violencia que se expresa contra la mujer llegó con el Estatuto de la Corte Penal Internacional, ya que éste definió la violación sexual y otros actos de violencia contra la mujer como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Con este instrumento se dió entonces un giro importantísimo al tratamiento que se le venía dando a los derechos de las víctimas de violencia sexual, específicamente a la violación y otros actos de violencia como por ejemplo, la esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo y esterilización forzada. El movimiento feminista del mundo y de Guatemala fue imprescindible para alcanzar este logro. Las mujeres influenciaron con una lectura feminista, el Estatuto de Roma. Hoy, han logrado introducir una mirada de mujer en el derecho penal, en el derecho civil y en otras ramas del derecho. Claro que es una tarea inconclusa que requerirá realizar más esfuerzos en el futuro.2
En este contexto y como parte de las celebraciones del 25 de noviembre, con el apoyo de la cooperación alemana GIZ, se llevó a cabo el foro virtual “De la violencia a la resiliencia: cartas de mujeres privadas de libertad”. Éste fue un momento propicio para escuchar a la Doctora Yassmín Barrios, excelente jueza y mujer que vale por tres o más hombres juntos, quien firmó como Presidenta del Tribunal de Mayor Riesgo A, la sentencia del caso Sepur Zarco.
Este caso reconoció por primera vez en Guatemala, que durante el conflicto armado interno se utilizó la violación sexual como método de guerra. La violencia machista e impune del Ejército de Guatemala, no lo había permitido. Así de grave es la impunidad que existe en el país. Pero no hay que olvidar que hay otras formas de violencia contra la mujer que causan mucho daño a la familia y a la sociedad. El caso Siekavizza, por ejemplo, también nos indica que persiste la necesidad de establecer mecanismos eficientes contra la
impunidad. En estos casos, la falta de castigo beneficia principalmente a los hombres.
Este 19 de noviembre, GIZ celebró el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer” con el foro indicado. Hay que seguir haciendo todo tipo de actividades similares y todo lo que esté a nuestro alcance, para que el Derecho se escriba con manos de mujer y apartarnos de un derecho escrito sólo por hombres, que la discrimina y agrede más.
Es cierto que las causas profundas de la condición de vulnerabilidad de las mujeres en prisión, se encuentran a menudo fuera de los muros de la prisión misma. Pero también lo es que dicha vulnerabilidad se intensifica considerablemente en los lugares de privación de libertad. De ahí la importancia de las cartas escritas por mujeres privadas de libertad. Ojalá que GIZ siga apoyando este esfuerzo, para poder analizar más a fondo su texto.
Seguramente a estas cartas se les podrá extraer muchos elementos que serán útiles para fortalecer el enfoque de género en el Sistema Penitenciario y para que los derechos de la mujer privada de libertad, puedan protegerse en una mejor forma.
El mensaje feminista debe llegar hasta el Congreso de la República, para que las y los diputados de los partidos oficialistas, se aparten de la Agenda Regresiva que están implementando y se centren en lo importante y necesario: la defensa de los derechos humanos de todos y todas y sobre todo, aprobar una legislación que promueva una mayor igualdad en Guatemala. Por ejemplo, reconocer por fin el derecho a la paridad a las mujeres y a los Pueblos Indígenas en el acceso a puestos de elección popular. Un derecho ya reconocido en casi toda Latinoamérica.
El mensaje también debe llegar al Poder Ejecutivo y al Poder Judicial, ya que la violencia sexual es expresión del abuso de poder y es utilizada para someter, controlar o utilizar a la mujer. Sean actos que provienen de funcionarios del Estado o de personas individuales. Y así como las convenciones que protegen los derechos de las mujeres reconocen el importante papel que las Organizaciones No Gubernamentales han jugado para luchar contra la discriminación y la violencia contra las mujeres, el Estado de Guatemala debería reconocer positivamente el trabajo que realizan las defensoras de derechos humanos, en lugar de perseguirlas y criminalizarlas.